POLÍTICA · VERSIÓN 1.0

Código de Ética y Conducta

Vigente desde 11 de octubre de 2026

1. Objetivo y alcance

Este Código reúne los principios y las reglas de conducta que orientan a NESS Processos e Tecnologia Ltda. (CNPJ 72.027.097/0001-37), en actividad desde 1991, y a sus marcas: ness., dedicada a operaciones de TI y seguridad; trustness., dedicada a gobierno, riesgo, cumplimiento y privacidad; y forense.io, unidad autónoma de peritaje e investigación digital.

El Código se aplica a socios, empleados, pasantes y terceros que actúan en nombre de cualquiera de las tres marcas, como proveedores, prestadores de servicios, consultores, socios comerciales y representantes. Quien contrata terceros en nombre de NESS debe darles a conocer este Código y exigir su cumplimiento.

El Código forma parte del programa de integridad de NESS y se basa en la Ley n.º 12.846/2013 de Brasil (Ley Anticorrupción), en el Decreto n.º 11.129/2022, que trata de los programas de integridad, y en las orientaciones de la Contraloría General de la Unión de Brasil (CGU) sobre el tema. No reemplaza la ley: cuando la ley sea más exigente, prevalece la ley.

Ante cualquier duda sobre la conducta correcta, consulte antes de actuar a su superior inmediato o al comité de ética.

2. Principios

NESS actúa con integridad, honestidad y transparencia; respeta a las personas; cumple la ley y los contratos; protege la información que recibe; y asume la responsabilidad por las consecuencias de sus decisiones.

La Dirección da el ejemplo y apoya de forma visible la aplicación de este Código. Ninguna meta comercial, plazo o pedido de cliente justifica una conducta contraria a él.

3. Respeto a las personas

NESS no tolera el acoso moral, el acoso sexual ni ninguna forma de discriminación, ya sea por origen, raza, color, etnia, género, identidad de género, orientación sexual, edad, religión, convicción política, discapacidad, condición social, estado civil o cualquier otra característica personal.

Acoso moral es la exposición reiterada de una persona a situaciones humillantes, vergonzosas o intimidatorias, incluso por mensajes y reuniones a distancia. Acoso sexual es cualquier conducta de naturaleza sexual no deseada, como comentarios, invitaciones insistentes, contacto físico o envío de contenido, haya o no relación jerárquica.

Todas las personas deben tratar a colegas, clientes, proveedores y al público con cortesía y respeto, y mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable. Quien presencie o sufra alguna de estas conductas debe informarla por el canal de ética.

4. Conflictos de intereses

Hay conflicto de intereses cuando un interés personal, familiar o de terceros puede influir, o parecer que influye, en una decisión tomada en nombre de NESS.

Es obligatorio declarar al superior inmediato y al comité de ética, en cuanto surja, cualquier situación que pueda configurar un conflicto, como participación societaria o trabajo en un cliente, proveedor o competidor; una relación de parentesco o afectiva con quien decide una contratación; o una actividad externa que compita con NESS o use tiempo, información o recursos de la empresa.

Quien esté en conflicto no participa en la decisión. La declaración, en sí misma, no es una falta; la omisión sí lo es.

5. Anticorrupción

Está prohibido prometer, ofrecer, dar, pedir o aceptar, directa o indirectamente, una ventaja indebida a un funcionario público o a cualquier persona, en Brasil o en el exterior, para obtener o mantener negocios, influir en una decisión o recibir un trato favorable. La prohibición se aplica también cuando la ventaja pasa por terceros, como consultores, intermediarios o familiares.

Los pagos de facilitación, es decir, montos pagados para agilizar o asegurar un trámite de rutina de la administración pública, están prohibidos en cualquier monto.

Los obsequios, regalos y atenciones de hospitalidad solo pueden ofrecerse o aceptarse cuando sean de valor modesto, ocasionales, no tengan relación con una decisión pendiente y se registren de forma transparente. Nunca se ofrece ni se acepta dinero en efectivo o su equivalente, como tarjetas de regalo. Ante la duda, consulte antes al comité de ética.

La relación con funcionarios públicos, incluso en licitaciones y contratos públicos, debe ser profesional, documentada y, siempre que sea posible, acompañada por más de una persona de NESS. Está prohibido defraudar, manipular o frustrar el carácter competitivo de las licitaciones, y obstaculizar la fiscalización de los organismos públicos.

Los registros contables y financieros deben reflejar las operaciones de forma completa y exacta. Las donaciones y los patrocinios dependen de la aprobación de la Dirección y de su registro, y NESS no realiza contribuciones a partidos ni a campañas políticas.

Los terceros que actúan en nombre de NESS pasan por una evaluación de integridad proporcional al riesgo antes de su contratación.

6. Competencia leal

NESS compite por la calidad de su trabajo. Está prohibido acordar precios, repartir mercados o clientes, coordinar ofertas con competidores, obtener información de un competidor por medios ilícitos o desleales y hacer afirmaciones falsas sobre los competidores o sobre los propios servicios.

7. Confidencialidad y datos personales

La información de NESS, de clientes, de proveedores y de personas solo puede usarse para la finalidad que justificó el acceso a ella, y compartirse únicamente con quienes la necesitan para trabajar. El deber de confidencialidad continúa después del fin del contrato o del vínculo.

El tratamiento de datos personales sigue la LGPD (Ley General de Protección de Datos de Brasil, Ley n.º 13.709/2018) y las políticas de privacidad y de seguridad de la información de NESS. Los datos deben tratarse con una finalidad definida, en la medida de lo necesario y con la protección adecuada. Cualquier sospecha de incidente con datos debe comunicarse de inmediato al responsable de seguridad de la información.

8. Uso de los recursos de la empresa y de inteligencia artificial

Las computadoras, celulares, sistemas, cuentas, licencias e información de NESS existen para el trabajo y deben usarse con cuidado y de acuerdo con las políticas internas. El uso personal ocasional no puede perjudicar el trabajo, la seguridad ni la imagen de la empresa.

Las herramientas de inteligencia artificial apoyan el trabajo, pero no deciden. Toda decisión que afecte a clientes, a personas o a la propia NESS la toma y la asume una persona, que revisa el resultado antes de usarlo. Está prohibido ingresar información confidencial de clientes, datos personales o información interna en herramientas que NESS no haya aprobado para ese uso.

9. Independencia de forense.io

forense.io actúa con independencia técnica. Sus honorarios nunca dependen del resultado del peritaje o de la investigación, ni del éxito de quien la contrató.

Cualquier relación entre forense.io y las demás marcas del ecosistema NESS que sea relevante para un caso se informa a quien contrata antes del inicio del trabajo.

forense.io rechaza los trabajos en los que la propia NESS, alguna de sus marcas o personas vinculadas a ella tengan interés en el resultado, y aquellos en los que su independencia pueda ser cuestionada razonablemente.

10. Comunicación y redes sociales

Solo hablan en nombre de NESS las personas autorizadas por la Dirección. Las solicitudes de la prensa y de las autoridades deben derivarse a ellas.

En las redes sociales, cada persona responde por lo que publica. Está prohibido divulgar información confidencial, datos de clientes o detalles de proyectos o de incidentes, y publicar contenido que pueda entenderse como una posición oficial de NESS sin autorización.

11. Canal de ética

Quien sepa o sospeche de una violación de este Código, de las políticas de NESS o de la ley debe informarla por el canal de ética disponible en el sitio web. El canal está abierto a empleados, terceros, clientes y al público.

El reporte puede ser identificado o anónimo. En el reporte anónimo, el canal genera un número de protocolo y una contraseña, con los que es posible dar seguimiento al caso y responder preguntas sin revelar la identidad.

Los reportes son investigados por el comité de ética, con confidencialidad e imparcialidad. Una persona mencionada en un reporte no participa en su tratamiento ni tiene acceso a él. La identidad de quien informa y la información del caso están protegidas y solo se comparten en la medida necesaria para la investigación o cuando la ley lo exija.

NESS prohíbe cualquier forma de represalia contra quien informa de buena fe o colabora con una investigación, aunque la sospecha no se confirme. La represalia es, en sí misma, una violación grave de este Código. Los reportes que se saben falsos, hechos para perjudicar a alguien, también son una violación.

12. Medidas disciplinarias

La violación de este Código expone a la persona responsable a medidas proporcionales a la gravedad de los hechos, como orientación, amonestación, suspensión o desvinculación, incluso con causa justificada, en los términos de la ley. Para terceros, la violación puede llevar a la suspensión o terminación del contrato. Estas medidas no excluyen la responsabilidad civil y penal, ni la comunicación a las autoridades cuando corresponda.

13. Aprobación, vigencia y revisión

Este Código fue aprobado por la Dirección y está vigente desde el 11 de octubre de 2026, en su versión 1.0. Se revisa al menos cada dos años, o antes, cuando haya un cambio relevante en la ley, en los negocios o en los riesgos de NESS. Corresponde al comité de ética proponer las revisiones y a la Dirección aprobarlas.